Cada año miles de personas se apuntan a un curso gratuito para mejorar su currículum. Y casi todas se hacen la misma pregunta antes de empezar: si los cursos del SEPE cotizan a la Seguridad Social o si ese tiempo se pierde de cara a la jubilación. La respuesta corta es que las clases no generan cotización, pero el módulo de prácticas de un certificado de profesionalidad sí lo hace desde enero de 2024. En esta guía te explicamos qué dice la normativa, cuántos días se te computan y cómo afecta todo esto si estás cobrando el paro.
Respuesta corta: qué cotiza y qué no
Formarse no es trabajar. Por eso las horas lectivas de un curso de formación para el empleo no dan de alta a nadie en la Seguridad Social. La excepción está en las prácticas en empresa, que sí tienen su propia regulación desde hace dos años.
- Las horas de clase no cotizan. No existe relación laboral ni contrato.
- El módulo de prácticas profesionales no laborales sí implica alta y cotización.
- El alumno no paga nada. La cuota corre a cargo de la empresa o de la entidad formativa.
- Esa cotización cuenta para la jubilación, pero no para el paro.
- Hacer el curso es compatible con cobrar una prestación por desempleo.
Las prácticas de los certificados de profesionalidad sí cotizan desde 2024
Aquí está el matiz que casi nadie conoce. La reforma de 2023 amplió la protección social del alumnado en prácticas y entró en vigor el 1 de enero de 2024. Desde esa fecha, quien realiza el módulo de formación práctica de un certificado profesional queda incluido en el sistema, aunque no cobre nada por ello.
Qué norma lo regula
El cambio llega de la mano de la disposición adicional 52ª de la Ley General de la Seguridad Social, introducida por el Real Decreto-ley 2/2023. Esta disposición incluye en el sistema a las personas que hacen prácticas formativas dentro de un programa de formación. La Seguridad Social confirmó después, mediante criterio interpretativo, que las prácticas profesionales no laborales vinculadas a certificados profesionales entran dentro de ese ámbito.
A quién se aplica
La norma cubre al alumnado de formación profesional acreditable que realiza prácticas para obtener un certificado profesional. El requisito es que el centro esté autorizado por la administración competente e inscrito en el registro autonómico correspondiente. En la Región de Murcia, esa acreditación la otorga el SEF. Los cursos que no conducen a un certificado oficial quedan fuera.
Quién paga la cotización
La obligación recae en la empresa que acoge al alumno o, cuando el convenio así lo establece, en la entidad que organiza el programa formativo. Nunca en el estudiante. Además, la cuota por contingencias comunes tiene una reducción del 95 %, por lo que el coste real para la empresa es muy bajo. Tampoco se aplica el mecanismo de equidad intergeneracional.
Qué obligaciones tiene el centro
El centro o la empresa debe comunicar el alta antes del inicio de las prácticas y el número de días realizados dentro de los plazos previstos. Esa comunicación es la que hace que el periodo aparezca luego en tu vida laboral. Si no se tramita, el tiempo no queda registrado.
Qué te aporta realmente esa cotización
Conviene bajar al detalle, porque la protección no es la misma que la de un contrato. El hecho de que los cursos del SEPE cotizan a la Seguridad Social únicamente durante las prácticas tiene un efecto limitado, pero real: suma días a tu vida laboral. Y hay un dato que juega a tu favor. Como las prácticas suelen ser a tiempo parcial, la normativa aplica un coeficiente que multiplica los días efectivos. Según la guía oficial de Import@ss para alumnos en prácticas, catorce días de prácticas no remuneradas se traducen en veintidós días computados.
| Concepto | ¿Está cubierto? |
|---|---|
| Jubilación | Sí |
| Incapacidad permanente | Sí |
| Muerte y supervivencia | Sí |
| Accidente de trabajo y enfermedad profesional | Sí |
| Prestación por desempleo | No |
| Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) | No |
| Cotización por formación profesional | No |
| Incapacidad temporal por contingencias comunes | No, en prácticas no remuneradas |
Dicho de otro modo: las prácticas te acercan a la pensión, pero no generan derecho a paro. Tampoco sustituyen a un contrato ni cuentan como experiencia laboral a efectos de antigüedad.
¿Puedo hacer un curso del SEPE cobrando el paro?
Sí, y es una de las dudas más repetidas en nuestras aulas. La formación para el empleo está pensada precisamente para personas desempleadas, así que estudiar no suspende ni reduce tu prestación. Ahora bien, hay algunas reglas que conviene tener claras desde el primer día.
- Comunica siempre a tu oficina de empleo que vas a iniciar el curso.
- Sigue renovando la demanda de empleo en las fechas que te correspondan.
- Acude a las clases con regularidad. Las faltas injustificadas pueden acarrear sanciones.
- Si la oficina te asigna un curso, asistir es obligatorio para mantener la prestación.
- Las prácticas no remuneradas no interrumpen el cobro del paro ni del subsidio.
- Quien cobra un subsidio no contributivo también queda incluido en el alta durante las prácticas.
En caso de duda sobre tu situación concreta, lo más seguro es consultarlo directamente en la sede electrónica del SEPE o en tu oficina de empleo.
Prácticas anteriores a 2024: el convenio especial
Si hiciste prácticas antes del 1 de enero de 2024, ese periodo no quedó registrado en su momento. La norma no tiene efectos retroactivos automáticos. Pero sí abrió una puerta para recuperarlo.
En qué consiste
La propia disposición adicional 52ª permite suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para computar como cotizados hasta cinco años de prácticas realizadas en el pasado. El coste lo asume la persona interesada, y se puede tramitar en varios plazos.
Hasta cuándo puedes solicitarlo
El plazo para firmar este convenio termina el 31 de diciembre de 2028. La solicitud se presenta a través del portal Import@ss con certificado digital, Cl@ve o vía SMS. Antes de decidirte, merece la pena calcular cuántos días reales sumarías y compararlo con el importe a pagar.
Fórmate gratis en Lorca y Puerto Lumbreras
En Centro de Estudios PI somos centro colaborador del SEF y del SEPE, y todas nuestras prácticas se tramitan conforme a la normativa vigente. Impartimos cursos gratuitos con certificado de profesionalidad en modalidad presencial, con grupos reducidos y plazas limitadas. Un ejemplo es el certificado de Actividades de gestión administrativa, de 880 horas e incluye 220 horas de prácticas en empresa. Puedes visitarnos en cualquiera de nuestros centros o escribirnos por WhatsApp al 656 77 52 55 para resolver tus dudas y reservar plaza.
Preguntas frecuentes
¿Un curso del SEF cotiza igual que uno del SEPE?
Sí. El SEF gestiona en la Región de Murcia la formación que a nivel estatal coordina el SEPE, y la normativa de Seguridad Social es la misma en ambos casos. Lo determinante no es el organismo que financia el curso, sino que la formación conduzca a un certificado profesional oficial y que incluya el módulo de prácticas.
¿Las prácticas de un certificado de profesionalidad son remuneradas?
Por regla general no lo son. Se trata de prácticas profesionales no laborales, sin salario ni contrato. Algunas convocatorias contemplan becas o ayudas de transporte y manutención, pero son ayudas del programa formativo, no una retribución de la empresa.
¿Cuántos días cotizados me quedan tras hacer las prácticas?
Depende de los días efectivos que realices. Se aplica un coeficiente que multiplica esos días por 1,61, de forma que un mes de prácticas se traduce en algo más de mes y medio computado. Puedes comprobar el resultado exacto en tu informe de vida laboral una vez finalizadas.
¿Puedo perder el paro por apuntarme a un curso?
No por apuntarte. Lo que sí puede acarrear una sanción es rechazar un curso que la oficina de empleo te haya asignado o abandonarlo sin causa justificada. Mientras cumplas con la asistencia y mantengas tu demanda actualizada, tu prestación no corre riesgo.
¿Aparece en mi vida laboral el tiempo de formación?
Solo aparece el periodo de prácticas, no las horas de clase. Recuerda que los cursos del SEPE cotizan a la Seguridad Social exclusivamente en ese tramo práctico, así que en tu informe verás reflejadas las semanas en la empresa y no la totalidad del certificado.
¿Estas prácticas cuentan como experiencia laboral?
No a efectos de antigüedad ni de convenio colectivo, porque no existe relación laboral. Sin embargo, sí son una experiencia real en un entorno profesional que puedes incluir en tu currículum, y en muchos casos derivan en una oferta de trabajo en la propia empresa de acogida.
Este artículo tiene carácter divulgativo y está actualizado a 2026. Cada situación personal puede presentar particularidades, por lo que te recomendamos confirmar tu caso concreto con el SEPE, el SEF o la Seguridad Social.